Es falso que México impone pena de muerte a quienes colaboren con Estados Unidos sin permiso

2026-06-17 22:05:29 - MUNDO


En Instagram y Facebook circula una imagen de la presidenta Claudia Sheinbaum con el lema: “pena de muerte para quienes colaboren con Estados Unidos sin permiso” acompañada de la descripción: “diputados proponen castigos más severos”. Pero esto es falso.

La Cámara de Diputados y la presidenta no han impuesto este tipo de castigo, incluso, México no practica la pena de muerte, ya que esta sanción está prohibida en la Constitución mexicana y en el Código de Justicia Militar tras haber sido abolida formalmente para todos los delitos en diciembre de 2005. 

Pese a ello, la publicación en Instagram acumula más de 3 mil “me gusta” y más de mil comentarios. 

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Aunque en las publicaciones se afirma que los diputados y las diputadas propusieron este castigo, ni la Cámara de Diputados ni la presidenta Sheinbaum han anunciado esto.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) —documento en el que aparecen las leyes, decretos o reformas que aprueban los tres poderes de la Unión— no existe ninguna publicación sobre la aprobación de la pena de muerte para quienes colaboren con Estados Unidos.

Para confirmar esto, realizamos una búsqueda avanzada en Google mediante las palabras clave “pena de muerte”, “México” y “colaboradores de EU”, la cual no arrojó resultados periodísticos u oficiales que respalden la afirmación de las publicaciones desinformantes:

El artículo 22 de la Constitución mexicana dicta que “quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado”. Y el apartado no ha tenido modificaciones recientes. 

Cabe destacar que una búsqueda en Google Lens nos mostró que el fotoarte que utilizan las publicaciones para desinformar pertenece al medio de comunicación EL CEO y no se relaciona con este tema. El diseño fue realizado por Andrea Velázquez para ilustrar una nota periodística sobre las iniciativas de Claudia Sheinbaum que discutirá el Congreso durante el próximo periodo extraordinario que se prevé del 23 de junio al 2 de julio. 

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El Gobierno de México sanciona la actuación unilateral de agentes extranjeros al margen de la Ley de Seguridad Nacional. Esta normativa mexicana prohíbe que fuerzas estadounidenses realicen detenciones o investigaciones directas en territorio nacional.

Los funcionarios mexicanos tienen prohibido realizar acuerdos o compartir información de manera unilateral. Deben reportar por escrito cualquier contacto con agentes extranjeros a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en un plazo máximo de tres días. El incumplimiento acarrea sanciones administrativas y penales.

Mientras que los agentes extranjeros, están obligados a acreditarse ante el Gobierno mexicano y su labor se limita al intercambio de información dentro de convenios bilaterales previamente establecidos. El ejercicio de funciones exclusivas de las autoridades mexicanas o el espionaje puede ser castigado con la expulsión inmediata del país.

Los actos de colaboración no autorizada o que vulneren la soberanía pueden derivar en acusaciones por delitos como espionaje o traición a la patria, cuyas penas en el Código Penal Federal alcanzan hasta los 20 y 40 años de prisión, respectivamente.

Sin embargo, esta legislación no contempla en ningún artículo la pena de muerte como castigo por colaborar con Estados Unidos.

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La pena de muerte aún se utiliza en más de 50 países, pero en México se abolió constitucionalmente el 9 de diciembre del 2005.  Fue eliminada del Código de Justicia Militar en ese año y suprimida del orden jurídico nacional el 9 de diciembre de ese mismo año mediante una reforma constitucional. 

El artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos también prohíbe de manera absoluta la pena de muerte, así como el tormento de cualquier especie como la mutilación y otras penas inusitadas. 

“La constitución de 1917 planteó que esta práctica fuera exclusiva del ámbito militar, a pesar de estar considerada, los jueces optaban por otros castigos, a finales de 1970 que muchos países comenzaron su abolición, lo que influyó en la postura de México. Fue hasta 2005 que la presión de organismos internacionales impulsó su cancelación y  la promesa de no reinstaurarla, sin embargo no fue una decisión social, o derivada de una demanda ciudadana”, explica Asael Ortiz Lazcano, profesor investigador en este artículo de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH).

México ha ratificado tratados internacionales que impiden la reinstauración de esta sanción como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cuyo protocolo prohíbe expresamente la pena de muerte a los países que ya la han abolido. 

En conclusión, es falso que la presidenta Claudia Sheinbaum y la Cámara de Diputados propusieron implementar la pena de muerte para quienes colaboren con Estados Unidos, pues no existe evidencia oficial o periodística que respalde esta afirmación y la pena de muerte está prohíbida constitucionalmente en el país desde el 2005. 

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Fuente: whatsapp.com


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